angle-left Plusvalía - Solicitud de prórroga transmisiones mortis causa del impuesto (IIVTNU)

 

La Ordenanza Fiscal Nº4 del Ayuntamiento de Majadahonda, establece la imposición y ordenación del Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana 

 

¿Quién debe presentar la declaración?

Los sujetos pasivos vendrán obligados a presentar ante el Ayuntamiento la declaración conteniendo los elementos de la relación tributaria imprescindibles para practicar la liquidación procedente.

Estarán igualmente obligados a comunicar al Ayuntamiento la realización del hecho imponible:

  • El donante o la persona que constituya o transmita el derecho real de que se trate.

  • El adquiriente o la persona a cuyo favor se constituya o transmita el derecho real de que se trate.

Cuando se trate de actos por causa de muerte, deberá presentarse declaración, no comunicación.

 

¿En que plazo debe ser presentada?

La solicitud de prórroga deberá ser presentada en el plazo de seis meses.

 

¿Qué documentos tengo que aportar?


¿Cómo relleno el impreso?

Puede imprimir este formulario, para su cumplimentación y presentación física en el Registro General, o guardarlo en formato .pdf en su ordenador y enviarlo a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento. Para esto último, es imprescindible tener instalada en su equipo el programa gratuitoAcrobat Reader DC.

IMPORTANTE: Antes de rellenar los campos, debe:

  1. Descargar el formulario y guardarlo en el ordenador.
  2. Abrir el Adobe Acrobat desde su equipo. 
  3. Abrir el formulario y rellenar los campos. 
  4. Una vez cumplimentado, guarde los cambios.

Si no se realizan estos pasos, el formulario no guardará los datos. Antes de remitir el fichero, recomendamos volver a abrir el archivo para comprobar que el formulario, una vez relleno y salvado, contiene toda la información.

 

¿Dónde puedo presentar la solicitud?

  • A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Majadahonda o del Registro Electrónico General de la AGE (firmando la solicitud con certificado digital o DNI electrónico)
  • Presencialmente, en el Registro General del Ayuntamiento
  • Presencialmente, en el Registro de cualquier administración pública que tenga convenio de Ventanilla Única, o en las oficinas de correos, mediante ORVE al código digital de destino L01280800
  • En los registros referidos en el Art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Si el formulario se envía a través de la Sede Electrónica, no es necesario firmar el impreso. La solicitud se firma en el propio sistema, con el certificado digital o DNI electrónico

Para más información, puede contactar:

  • Teléfono de atención al contribuyente: 916 344 700 (De lunes a viernes, de 8:00 a 21:00, sábados, de 10:00 a 14:00)

DOCUMENTOS:

Normativa Aplicable