angle-left IVTM - Devolución por prorrateo de la cuota

 

La Ordenanza Fiscal Nº3 del Ayuntamiento de Majadahonda establece en su artículo 7 que en los casos de baja definitiva, o baja temporal por sustracción o robo del vehículo, se prorrateará la cuota, correspondiendo al sujeto pasivo pagar la parte de cuota correspondiente a los trimestres del año que el vehículo haya estado en situación de alta

 

¿Quién puede solicitar la devolución?

La bonificación tiene que ser solicitada por el titular del vehículo que figura en el permiso de circulación.  En caso de representación, deberá acreditarse la misma mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia.

 

¿Qué documentos tengo que aportar?

  • Impreso normalizado de solicitud, debidamente cumplimentado
  • Impreso de otorgamiento de la representación, en caso de actuar por medio de representante
  • Baja definitiva de la Jefatura Provincial de Tráfico, en su caso
  • Baja temporal por robo o sustracción del vehículo de la Jefatura Provincial de Tráfico, en su caso


¿Cómo relleno el impreso?

Puede imprimir este formulario, para su cumplimentación y presentación física en el Registro General, o guardarlo en formato .pdf en su ordenador y enviarlo a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento. Para esto último, es imprescindible tener instalada en su equipo el programa gratuitoAcrobat Reader DC.

IMPORTANTE: Antes de rellenar los campos, debe:

  1. Descargar el formulario y guardarlo en el ordenador.
  2. Abrir el Adobe Acrobat desde su equipo. 
  3. Abrir el formulario y rellenar los campos. 
  4. Una vez cumplimentado, guarde los cambios.

Si no se realizan estos pasos, el formulario no guardará los datos. Antes de remitir el fichero, recomendamos volver a abrir el archivo para comprobar que el formulario, una vez relleno y salvado, contiene toda la información.

 

¿Dónde puedo presentar la solicitud?

  • A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Majadahonda o del Registro Electrónico General de la AGE (firmando la solicitud con certificado digital o DNI electrónico)
  • Presencialmente, en el Registro General del Ayuntamiento.
  • Presencialmente, en el Registro de cualquier administración pública que tenga convenio de Ventanilla Única, o en las oficinas de correos, mediante ORVE al código digital de destino L01280800
  • En los registros referidos en el Art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Si el formulario se envía a través de la Sede Electrónica, no es necesario firmar el impreso. La solicitud se firma en el propio sistema, con el certificado digital o DNI electrónico.

Para más información, puede contactar:

  • Teléfono de atención al contribuyente: 916 344 700 (De lunes a viernes, de 8:00 a 21:00, sábados, de 10:00 a 14:00)

DOCUMENTOS:

Normativa Aplicable