angle-left Tarjeta que autoriza la carga y descarga

 

Aquellos comercios que tengan que realizar actividades de carga y descarga y no dispongan de vehículos industriales o mixtos destinados a ello, sino de turismos no rotulados y que no tengan función principal de vehículo comercial, podrán disponer de autorización municipal mediante la expedición de una Tarjeta de Carga y Descarga, según lo dispuesto en los artículos 70 y 71 de la Ordenanza de Movilidad.


¿Quién lo puede solicitar?
Todos aquellos solicitantes que tengan actividad comercial y vehículo adscrito que cumpla los requisitos del art. 70 de la citada ordenanza.


¿Tiene algún coste?
No.


¿Tiene caducidad?
Sólo es válido por un año prorrogable, a petición del interesado.


¿Qué documentos tengo que presentar?

  • Formulario de solicitud, debidamente cumplimentado
  • DNI del solicitante
  • Permiso de circulación del vehículo
  • Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (o declaración negativa)
  • Acreditación documental de la necesidad de utilizar un vehículo turismo y del tipo de mercancías que se vayan a transportar
  • Tarjeta de inspección técnica favorable
  • Seguro obligatorio


¿Dónde puedo presentar la solicitud?

  • Presencialmente, en el Registro General del Ayuntamiento.
  • Presencialmente, en el Registro de cualquier administración pública que tenga convenio de Ventanilla Única, o en las oficinas de correos, mediante ORVE al código digital de destino L01280800
  • A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Majadahonda o del Registro Electrónico General de la AGE (firmando la solicitud con certificado digital o DNI electrónico)
  • En los registros referidos en el Art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Si el formulario se envía a través de la Sede Electrónica, no es necesario firmar el impreso. La solicitud se firma en el propio sistema, con el certificado digital o DNI electrónico


Documentos

Normativa Aplicable