El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebradas el 31 de julio de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.— Aprobar inicialmente la disolución del Organismo Autónomo Local denominado Patronato Monte del Pilar, así como la derogación de sus Estatutos reguladores con las siguientes consecuencias y fecha de efectos de 1 de enero de 2026:
1) El Ayuntamiento de Majadahonda asumirá los diferentes servicios y actividades, así como las instalaciones adscritas a los mismos, bajo la modalidad de gestión directa por esta entidad local sin organismo interpuesto, siendo adscritos a la Concejalía de Medio Ambiente.
2) Este Ayuntamiento le sucederá con carácter universal, subrogándose en todos los derechos y obligaciones que, tras la disolución del Organismo Autónomo, queden pendientes.
3) Los derechos pendientes de cobro y las obligaciones pendientes de pago se incorporarán al presupuesto municipal.
4) Se deberá proceder al cierre y cancelación de las cuentas bancarias a nombre del Patronato Monte del Pilar. El saldo existente en dichas cuentas se transferirá a otras de titularidad municipal.
5) Una vez aprobado el acuerdo de disolución definitiva, y con fecha de efectos de 1 de enero de 2026, el personal laboral fijo del Organismo Autónomo que a continuación se relaciona se integrará en la plantilla municipal y en la relación de puestos de trabajo, con reconocimiento de su categoría profesional, niveles retributivos, antigüedad y demás condiciones de trabajo.
- El personal laboral fijo, grupo A, subgrupo A2, NCD 24 se integrará en una plaza laboral fijo de Técnico de Gestión, grupo A, subgrupo A2, NCD 24.
- El personal laboral fijo, grupo C, subgrupo C1, NCD 20, se integrará en una plaza laboral fijo de Administrativo, grupo C, subgrupo C1, NCD 20.
El contrato especial de alta dirección del Gerente se extinguirá por desistimiento del Consejo Rector del Patronato o, en su defecto, por la causa objetiva de extinción del Organismo Autónomo Monte del Pilar con fecha de efectos 31 de diciembre de 2025.
Así mismo, el contrato del personal laboral temporal, grupo C, subgrupo C1, NCD 17 se extinguirá en fecha 6 de noviembre de 2025 en virtud del cumplimiento del plazo previsto en la resolución que acordó su nombramiento.
6) Todos los bienes municipales que fueron adscritos al Patronato Monte del Pilar para el cumplimiento de sus fines y la correcta prestación de los servicios, revertirán al patrimonio municipal, así como todos aquellos que haya adquirido por cualquier título legítimo, y los recursos y derechos de los que pueda disponer en el momento de su disolución.
7) El Ayuntamiento de Majadahonda asumirá todos los derechos y obligaciones contractuales derivados de contratos de obras, servicios, suministros, convenios y cualquier otro vigente en la fecha de disolución.
8) El acuerdo se comunicará al Registro de Entidades Locales de la Comunidad de Madrid y a aquellos otros pertinentes, así como al Registro de Entidades Locales del Ministerio Administración Territorial (actualmente Ministerio de Política Territorial), al Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local y al Censo de la Plataforma de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales (PRCEL).
Segundo.— Iniciar el procedimiento de liquidación del Organismo Autónomo y nombrar liquidador de éste al concejal-delegado del Área de Hacienda y Recursos Humanos facultándole para coordinar todas las operaciones materiales necesarias para la transferencia de los medios humanos y materiales adscritos al Patronato Monte del Pilar y para realizar las oportunas gestiones ante las entidades bancarias, la AEAT, el Instituto Nacional de la
Seguridad Social y cualesquiera otros organismos en que éstas sean procedentes y para la firma de cuantos documentos sean necesarios para formalizar y llevar a cabo el presente acuerdo. Estas facultades se mantendrán, incluso una vez aprobada definitivamente la disolución del Organismo Autónomo, hasta tanto no se formalice completamente la liquidación, que deberá ser aprobada, en todo caso, por el Pleno, produciéndose en este momento la extinción automática del Organismo Autónomo.
Tercero.—Con efectos 31 de diciembre de 2025, cesarán en sus funciones la Junta Rectora, el Presidente y el Vicepresidente del Patronato siendo asumidas las mismas, a partir del día 1 de enero de 2026, por los órganos municipales conforme a lo dispuesto en la legislación vigente y sus propias normas y acuerdos organizativos. Previamente se llevarán a cabo aquellas sesiones que sean precisas, en particular, una última para aprobar las actas
pendientes.
Cuarto.—Someter el presente acuerdo a información pública por plazo de 30 días hábiles, mediante anuncios en el BOCM, así como en el tablón de edictos del Ayuntamiento, para que las personas interesadas puedan formular
reclamaciones, y/o sugerencias.
Sin perjuicio de la publicidad que legalmente proceda, se encomienda al Organismo Autónomo, con anterioridad a su fecha de efectos de la disolución, que se informe a todos los usuarios y proveedores del Patronato del nuevo régimen de prestación de los servicios municipales.
Este acto administrativo se publicará en el BOCM y en la sede electrónica municipal. Igualmente, por el propio Patronato, se deberá notificar personalmente a los miembros de la Junta Rectora y a sus empleados.
Asimismo, se cursarán todas comunicaciones previstas en este acuerdo.
Quinto.—Las reclamaciones y sugerencias presentadas serán resueltas por el Ayuntamiento Pleno que acordará, al mismo tiempo y si así lo considera, la disolución definitiva del Organismo Autónomo. Previamente, dichas reclamaciones y sugerencias deberán ser informadas por el Área de Medio Ambiente, salvo aquellas que se refieran a aspectos de índole estrictamente procedimental.
En el supuesto de que no se presenten reclamaciones ni sugerencias, no será necesaria la adopción de nuevo acuerdo, extendiéndose a tales efectos certificación acreditativa de tal extremo por la Secretaría. La Alcaldía-Presidencia dictará Resolución elevando a definitivo el acuerdo hasta entonces provisional y ordenando su publicación en el BOCM.
El texto íntegro del acuerdo, que recoge los informes emitidos, está publicado en el Portal de Transparencia de este Ayuntamiento.
El expediente se encuentra expuesto en la Secretaría General del Ayuntamiento de Majadahonda, de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas.
Lo que se hace público para general conocimiento, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 49.b) de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local.