La Consulta Pública es un mecanismo de participación ciudadana contemplada en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y tiene como objetivo recabar las opiniones que los ciudadanos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por una futura norma. De este modo, la ciudadanía participa en el procedimiento de elaboración de normas municipales (con las excepciones del artículo 133 de la LPACAP).

Así pues, el Ayuntamiento de Majadahonda pone a disposición de la ciudadanía la consulta pública previa para desarrollar el proceso de consulta participativa en los anteproyectos de ordenanzas y reglamentos. La Consulta Pública no es vinculante, y no se responderá a las opiniones recibidas. Podrán participar todos los ciudadanos, ya sea de forma individual o como organizaciones representativas, potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

angle-left Ordenanza Reguladora de las Bases para la Concesión de Ayudas por Nacimiento de hijo y/o adopción en el Municipio de Majadahonda. 

Fecha 24 noviembre 2020

La Concejalía de Infancia y Familia, mediante moción de 3 de julio de 2020, insta a la tramitación de un expediente para la aprobación de la Ordenanza Reguladora de las Bases para la Concesión de Ayudas por Nacimiento de hijo y/o adopción en el Municipio de Majadahonda. 
 
Los ciudadanos demandan cada vez con más intensidad, su participación en los asuntos públicos que directamente les afectan. Las consultas populares municipales son uno de los instrumentos esenciales de participación política, que debe ejercerse en el marco legalmente establecido.
 
La Constitución Española en los artículos 9.2 y 23.1 regula el principio de participación ciudadana, tal y como establece la Carta Europea de la Autonomía Local. Por su parte se  ha tenido en cuenta  la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y La ley 38/2013 de 17 de noviembre y el artículo 133 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas  
 
Con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, y con carácter previo a la elaboración del proyecto de ordenanza, se lleva a cabo una consulta pública para recoger la opinión de ciudadanos y organizaciones más representativos potencialmente afectados por la futura ordenanza. Los ciudadanos pueden participar:

Las opiniones y sugerencias podrán referirse a los documentos "Memoria explicativa" y "Proyecto de Ordenanza", que pueden consultarse en esta página web.