angle-left Información tributaria de interés para el ciudadano

Fecha 27 septiembre 2023

Listas cobratorias correspondientes al ejercicio 2023 de IBI, rústica e IAE

Aprobadas por Resolución del  Concejal Delegado de Hacienda y Recursos Humanos del Ayuntamiento de Majadahonda, las listas cobratorias correspondientes al ejercicio 2023 de:

  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana.
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica.
  • Impuesto sobre Actividades Económicas

Por el presente se pone en conocimiento de los contribuyentes por estos conceptos, que las mismas, se expondrán al público durante el plazo de 15 días a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BOCM.

Los legítimos interesados podrán formular, si lo estiman necesario y en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de exposición al público, recurso de reposición contra dichos actos ante éste mismo órgano, previo al Contencioso-Administrativo.

El cobro de los mismos se realizará del modo siguiente:

Plazos

  • Periodo voluntario

    • Desde el 2 de octubre al 1 de diciembre de 2023, en el horario establecido por las Entidades Bancarias colaboradoras.

  • Periodo ejecutivo

    • Transcurrido el plazo del período voluntario las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los recargos correspondientes, intereses de demora y, en su caso las costas que se produzcan.

Lugar de pago

  • En las siguientes entidades financieras colaboradoras: Banco Santander e Ibercaja
  • Oficinas de Correos
  • El cargo en c/c de las liquidaciones que por estos conceptos se encuentren domiciliadas se realizará el 31/10/2023.
  • Los contribuyentes pueden hacer uso de la domiciliación bancaria para ejercicios siguientes.

La publicación de este anuncio en el BOCM tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el art. 102.3 de la Ley General Tributaria 58/2003 y el art. 24 del Reglamento General de Recaudación.

Se recuerda a los señores contribuyentes que no tengan en su poder el recibo para realizar el pago, deberán ponerse en contacto con el Departamento de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento, solicitando Cita Previa a través de la Web Municipal, para que se les expida un duplicado dentro del plazo señalado para el pago o bien a través del Portal Tributario

El anuncio de este edicto en el BOCM tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el art. 102.3 de la Ley General Tributaria 58/2003 y el art. 24 del Reglamento General de Recaudación.

Lo que se hace público para general conocimiento.