angle-left Aprobadas las listas cobratorias 2020 del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana y Rústica e Impuesto sobre Actividades Económicas

Fecha 28 septiembre 2020

Aprobadas por resolución del Concejal de Hacienda, Recursos Humanos, Servicios Jurídicos y Régimen Interior las listas cobratorias correspondientes al ejercicio 2020 del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana y Rústica e Impuesto sobre Actividades Económicas. Se notifica a los contribuyente por estos conceptos, que las mismas se expondrán al público durante el plazo de 15 días, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio.

Los legítimos interesados puedan formular si lo estiman necesario y en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de exposición al público, recurso de reposición contra dichos actos ante este mismo órgano, previo al Contencioso-Administrativo

El cobro de los mismos se realizará del modo siguiente:

PLAZOS

  • PERÍODO VOLUNTARIO
    • Desde el 1 de octubre al 30 de noviembre de 2020
  • PERÍODO EJECUTIVO
    • Transcurrido el plazo del período voluntario las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los recargos correspondientes, intereses de demora y, en su caso las costas que se produzcan.

LUGAR DE PAGO

  • En las siguientes entidades financieras colaboradoras en los días y horarios de apertura de oficinas:
  • BBVA, BANCO SANTANDER, BANKIA e IBERCAJA de forma presencial en caja de 8:30 a 11 horas y en los cajeros el resto del horario hasta completar las 24 horas.
  • A través del portal tributario: www.majadahonda.org mediante tarjeta de crédito o debito.
  • Los contribuyentes que tengan orden de domiciliación para este ejercicio se les enviará el recibo a sus respectivas entidades hacia el día 30 de octubre del 2020.
  • Los contribuyentes pueden hacer uso de la domiciliación bancaria para ejercicios siguientes

Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el art. 102 de la Ley 58/2003 General Tributaria y el art. 24 del Reglamento General de Recaudación.

Se recuerda a los señores contribuyentes que no tengan en su poder el abonaré para realizar el pago, podrán personarse en el Departamento de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento los días establecidos de atención presencial de 9 a 14 horas, para que se les expida un duplicado dentro del plazo señalado para el pago o bien a través de www.majadahonda.org donde también podrán realizar el pago. Teléfono 91 634 47 00.

Lo que se hace público para general conocimiento.