angle-left Autorización de Vertido al Sistema Integral de Saneamiento

 

Las empresas obligadas a presentar el impreso de Solicitud de Vertido son las que realizan actividad industrial o comercial y se encuentran en alguno de los supuestos siguientes:

  • El consumo de agua es mayor que 22.000 m3/año.

  • El consumo de agua es mayor que 3.500 m3/año y la actividad que se desarrolla, se encuentra incluida dentro del Anexo III del Decreto 57/2005, de 30 de junio de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.             

  • A petición del órgano ambiental del Ayuntamiento de Majadahonda, si una vez examinada la identificación industrial, se detecta su necesidad en base a sus especiales características y/o a los productos que se utilicen en su proceso. 


¿Tiene algún coste?
El trámite de la Solicitud de Vertido es gratuito.


¿Qué documentos tengo que presentar?

  • Impreso normalizado de solicitud, debidamente cumplimentado. 
  • Informes ambientales previos (si los hubiera)
  • Memoria de la actividad, que incluya:
  • Consumo del agua del último año
  • Descripción de la actividad y código CNAE-93
  • Materias primas y productos finales
  • Diagrama de bloques del proceso industrial
  • Plano/esquema acotado de la red de saneamiento interna
  • Resumen de los resultados de autocontrol (en caso de renovación de la Autorización)
  • Registros de vertidos
  • Pretratamiento
  • Caracterización del vertido al sistema integral de saneamiento


¿Dónde puedo solicitar la autorización?

  • Presencialmente, en el Registro General del Ayuntamiento.
  • Presencialmente, en el Registro de cualquier administración pública que tenga convenio de Ventanilla Única, o en las oficinas de correos, mediante ORVE al código digital de destino L01280800
  • A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Majadahonda o del Registro Electrónico General de la AGE (firmando la solicitud con certificado digital o DNI electrónico)
  • En los registros referidos en el Art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Si el formulario se envía a través de la Sede Electrónica, no es necesario firmar el impreso. La solicitud se firma en el propio sistema, con el certificado digital o DNI electrónico

DOCUMENTOS:

Normativa Aplicable