Información Pública: Aprobación Inicial

Sin perjuicio de los Bandos de la Alcaldia-Presidencia, la potestad reglamentaria de los Ayuntamientos se materializa a través de las Ordenanzas y Reglamentos aprobados por el Pleno municipal que, en general, se ajusta al siguiente procedimiento (art. 49 LRBRL):

  1. Aprobación inicial por el Pleno, por mayoría simple.
  2. Información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de 30 días para la presentación de reclamaciones y sugerencias (el anuncio se expone al público en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia). Las alegaciones podrán presentarse a través del Registro General del Ayuntamiento de Majadahonda o la Sede Electrónica (alta con certificado digital).
  3. Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo y aprobación definitiva por el Pleno. En el acuerdo inicial se puede establecer que, si no se presentan reclamaciones, la Ordenanza o Reglamento se considerará aprobada definitivamente de forma automática.
  4. Publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

Este procedimiento tiene algunas modificaciones para algunos tipos de Ordenanzas y Reglamentos municipales concretos (por ejemplo, las Ordenanzas fiscales, véase el artículo 17 de la Ley de Haciendas Locales)

La entrada en vigor de las Ordenanzas y Reglamentos municipales se produce, una vez publicado el texto íntegro, cuando han transcurrido 15 días contados desde la recepción por la Administración del Estado y la de las Comunidades Autónomas de la comunicación del acuerdo municipal que debe remitirles el Ayuntamiento (arts. 70.2 y 65.2 LRBRL).

Nota: La información que se incluye en esta página tiene como finalidad divulgar el conocimiento de los textos que se publican, prevaleciendo, en consecuencia, sobre ella los documentos que obran en los archivos municipales y diarios oficiales en que se publican.

angle-left Ampliación del plazo de Información Pública de la Modificación Puntual del PGOU de Arco de Poniente

Fecha 09 mayo 2019

En relación con la "Aprobación inicial de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Majadahonda en los sectores de Arco de Poniente", el Pleno de la Corporación en Sesión ordinaria celebrada el 26 de marzo de 2019, adopto el siguiente Acuerdo:

  1. Iniciar un proceso de amplia información y difusión de lo que supone la Modificación Puntual del PGOUM.
  2. Ampliar el plazo de información pública de la Modificación Puntual del PGOUM, para facilitar la recepción de propuestas y alegaciones por parte de la ciudadanía y tejido social del municipio. 

La citada Modificación Puntual de Plan General “Arco de Poniente”, estará expuesta durante un mes, desde la publicación del presente acuerdo en el BOCM, en el Ayuntamiento de Majadahonda, Servicio de Urbanismo, segunda planta, pudiendo ser examinado el documento del Plan General de lunes a viernes de 9 a 14 horas y formular las alegaciones que procedan.